El despido colectivo llevado a cabo por la empresa de teleservicios Teleperformance ha sido declarado «ajustado a derecho» por la Audiencia Nacional, desestimando así las demandas presentadas por los sindicatos CGT y CSIF. Este despido colectivo supuso la extinción de 103 puestos de trabajo en Sevilla.
En el acuerdo alcanzado entre CCOO, UGT y la representación de la empresa, se redujo el número de despidos de 310 a 299 y se aumentaron las indemnizaciones a 30 días de salario por año de servicio, con un límite de 18 mensualidades. Durante la negociación, se excluyeron once puestos de trabajo del ERE para destinarlos a la campaña de Coca Cola en Sevilla.
Los sindicatos demandantes argumentaron que no existían causas productivas y organizativas que justificaran los despidos, mientras que la Audiencia Nacional señala que la reducción de la facturación y del número de llamadas demuestra un desequilibrio entre la mano de obra empleada y la actividad desempeñada. Además, el tribunal descarta la supuesta «mala fe» en la negociación, afirmando que se llevó a cabo bajo premisas de buena fe.
Si bien la sentencia declara el despido colectivo como «ajustado a derecho», es importante analizar la situación desde una perspectiva crítica. En primer lugar, es necesario cuestionar si realmente existían causas productivas y organizativas que justificaran la reducción de puestos de trabajo. Además, es necesario evaluar si se agotaron todas las posibilidades de reubicación de los trabajadores afectados antes de proceder al despido colectivo.
En este sentido, es importante recordar que el despido colectivo es una medida extrema y debe ser utilizada como último recurso cuando no existan otras opciones viables. Los sindicatos CGT y CSIF han criticado la decisión de CCOO, UGT y USO de acceder a la extinción de 299 puestos de trabajo, lo que sugiere que podría haberse buscado una solución alternativa que evitara los despidos.
En conclusión, si bien la Audiencia Nacional ha declarado el despido colectivo como «ajustado a derecho», es importante analizar la situación desde una perspectiva crítica y cuestionar si se agotaron todas las posibilidades antes de proceder a esta medida. El despido colectivo debe ser utilizado como último recurso y se debe buscar siempre una solución que proteja los derechos de los trabajadores afectados.