Cuando se produce una separación o un divorcio surge una cuestión que afecta a toda la familia: la custodia de los hijos. En este sentido, lo normal es que ambos padres quieran obtenerla. Pues bien, la legislación actual contempla la posibilidad de que ambos padres obtengan la custodia de los hijos en común. En este contexto surge la pregunta: ¿qué se valora para la custodia compartida?
Desde el punto de vista legal, en el caso que haya una ruptura matrimonial, la solución que se considera «normal», y por lo tanto la mejor, es la custodia compartida. Por supuesto, la única excepción sería si esto va en contra del bienestar del menor. Sin embargo, a pesar de esta premisa, todavía suele verse en los tribunales que se sigue una doctrina tradicionalista, asignado prácticamente en automático está responsabilidad a la madre. Además, es habitual que la crianza de los hijos no recaiga de forma equilibrada en ambos cónyuges. Con este marco de fondo, los jueces se sienten más inclinados a conceder la custodia monoparental, comúnmente otorgándole a la madre este derecho.
¿Qué se valora para la custodia compartida?
El primer aspecto, por supuesto, es el fundamento legal. De acuerdo al artículo 92, la custodia compartida es una medida que «habrá de considerarse normal e incluso deseable». Por lo tanto, es una disposición que cuenta con un respaldo legal sólido. Sin embargo, los siguientes factores pueden ser determinantes en el momento en que los jueces tomen una decisión:
- Disponibilidad de horario para cuidar del menor: a este respecto, se tomará en cuenta los hábitos laborales de ambos progenitores en los pasados dos años. Además, se considerará la posibilidad de ajustar la jornada a las nuevas circunstancias, garantizando el cuidado del menor.
- Participación activa en su cuidado: en este sentido, se valora la participación de los progenitores en actividades del colegio y su formación educativa en general. Además, se valora su participación en las citas médicas habituales así como de emergencia.
- Métodos educativos similares: para que los jueces otorguen la custodia compartida, se espera que ambos progenitores comparten la misma idea y métodos referentes a la educación de los hijos. En caso contrario, se privilegia el equilibrio del menor asignándole la responsabilidad de educarlo a uno de los padres.
- Estudios psicosociales: mediante estos estudios se genera un informe referente a la forma en que interactúan los progenitores con los hijos. Esto le servirá de base al juzgado para determinar con cuál de los padres existe una relación benéfica.
- La opinión del menor: este aspecto por sí solo no es determinante, pero sí puede inclinar la balanza hacia un lado. Para que el juzgado tome en cuenta los deseos del menor, éste deberá ser mayor de 12 años, además de demostrar que es un adolescente maduro. Si no reúne alguno de estos dos requisitos, lo más probable es que el juzgado no considere relevante su opinión.
Recomendaciones para obtener la custodia compartida.
Por supuesto, existen otros factores que el juez analizará, pues cada caso es distinto. Sin embargo, cuando existe consenso entre los padres y es evidente que los hijos se verán beneficiados de convivir con ambos padres, es más probable que se conceda la custodia compartida. Por otro lado, aunque en un principio se otorgue la custodia monoparental, esto no significa que sea una sentencia definitiva. Probablemente con el paso del tiempo el juzgado esté dispuesto a modificar su sentencia, especialmente si se corrigen los aspectos negativos por los que no se otorgó la custodia compartida.
En cualquier caso, lo mejor es contar con la asesoría de abogados especialistas en el derecho de familia. De esta forma, se garantiza un mejor resultado.