M. MIRANDA // 11 septiembre de 2008

La sentencia, que según fuentes comunitarias genera una situación jurídica «muy complicada», considera que la UE vulneró el derecho a la defensa del saudí Yassin Abullah Kadi y la Fundación Internacional Al Barakaat, con sede en Suecia.

La UE mantiene dos listas de grupos e individuos de organizaciones terroristas: una elaborada de forma propia y otra en la que se limita a trasponer las decisiones que toma en este sentido el Comité de Sanciones de la ONU.

Siguiendo las decisiones de ese Comité dentro de la lucha contra los talibán y Al Qaeda, el Consejo de la UE aprobó a finales de 2001 un reglamento en el que incluía a Kadi y a la citada fundación, lo que implica la congelación de los fondos que pudieran tener en territorio comunitario.

Ambas apelaron esta decisión a la justicia europea, y el Tribunal de Primera Instancia rechazó los recursos, al considerar que las instancias judiciales comunitarias no tenían competencia. Nuevamente, la decisión fue recurrida y el pronunciamiento del Tribunal ha determinado que se produjo una violación de los derechos humanos especialmente a ser oídos y «a un control jurisdiccional efectivo». No obstante el Tribunal no ha entrado a valorar si existía una efectiva vinculación entre la persona y la fundación y el grupo de Al Qaeda.

Los jueces anularon la decisión de congelación de fondos de Kadi y Al Barakaat aunque, debido a las circunstancias, mantiene los efectos en la práctica durante tres meses «para que el Consejo remedie las violaciones constatadas» y evitar que puedan sustraerse a nuevas medidas en el futuro.

Los servicios jurídicos del Consejo de la Unión Europea examinan la sentencia, señalaron las fuentes comunitarias, ya que incluso «podría poner en duda el respeto a los derechos fundamentales en la ONU».

El Tribunal, ya se había pronunciado en varias ocasiones contra la forma en la que el Consejo elaboraba las listas de personas o entidades vinculadas a terroristas, lo cual había propiciado varias correcciones en las misma. Pero ésta, es la primera vez que se había planteado la cuestión respecto a las listas que elaboraba la ONU, y que eran traspuestas literalmente por las autoridades europeas.