La reciente declaración del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la normativa española que permite el despido de un empleado con discapacidad permanente de su empresa es una clara muestra de la falta de protección y discriminación que aún existe hacia las personas con discapacidad en el ámbito laboral.
Esta normativa, contraria a la directiva europea relativa a la igualdad de trato en el empleo, permite a los empresarios despedir a un trabajador con discapacidad sin la obligación de realizar «ajustes razonables» para mantener su empleo. Esta situación es inaceptable y va en contra de los principios fundamentales de igualdad y no discriminación.
El concepto de «ajustes razonables» implica que el empresario debe reubicar al trabajador en otro puesto de trabajo que se ajuste a sus capacidades y competencias, siempre y cuando no suponga una carga excesiva para la empresa. Esto brinda la oportunidad de que las personas con discapacidad puedan conservar su empleo y participar plenamente en la vida profesional, en igualdad de condiciones con el resto de los trabajadores.
La sentencia del TJUE destaca que la normativa española no solo no obliga a los empresarios a realizar estos ajustes razonables, sino que también permite el despido del trabajador sin demostrar que dichos ajustes constituirían una carga excesiva. Esta falta de responsabilidad por parte de los empresarios y la ausencia de medidas de protección y apoyo para las personas con discapacidad demuestran una clara discriminación y vulneración de sus derechos laborales.
El caso concreto de un trabajador que fue despedido después de sufrir un accidente laboral y ser declarado con incapacidad permanente total es un ejemplo claro de esta discriminación. A pesar de que la empresa ya había encontrado un puesto de trabajo adaptado a las secuelas del accidente, decidió despedir al trabajador amparándose en la normativa española.
Es importante destacar que el hecho de que el trabajador reciba una pensión por su incapacidad no debería ser relevante para determinar su derecho a conservar su empleo. La normativa española que asocia la incapacidad permanente total con el despido del trabajador va en contra del objetivo de integración profesional de las personas con discapacidad y socava su derecho al trabajo.
Es responsabilidad del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares determinar si la normativa española es compatible con la obligación de realizar ajustes razonables y garantizar la igualdad de trato en el empleo. Es necesario que se reconozcan y protejan los derechos laborales de las personas con discapacidad, y se tomen medidas para erradicar la discriminación en el ámbito laboral.
En conclusión, la normativa española que permite el despido de trabajadores con discapacidad permanente sin la obligación de realizar ajustes razonables es contraria a los principios de igualdad y no discriminación. Es necesario que se implementen medidas para garantizar la inclusión laboral de las personas con discapacidad y se promueva un entorno laboral equitativo y accesible para todos.