El reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en relación a los derechos de compensación por retraso de vuelo ha generado polémica y críticas por parte de los pasajeros afectados. En este caso, el tribunal ha decidido que un pasajero que decide no tomar el vuelo debido a un retraso anunciado de al menos tres horas, o que adquiere otros billetes para otro trayecto y llega con un retraso inferior a tres horas, no tiene derecho a indemnización.

La justificación del TJUE se basa en que la compensación se realiza ante el perjuicio de una pérdida de tiempo irreversible de al menos tres horas. En el caso de un pasajero que no embarca y no se desplaza al aeropuerto, el tribunal considera que no ha sufrido dicha pérdida de tiempo. Además, en el caso de un pasajero que adquiere otros billetes y llega a su destino con menos de tres horas de retraso, el tribunal argumenta que tampoco ha sufrido una pérdida de tiempo que justifique la compensación.

Sin embargo, esta interpretación restrictiva de los derechos de compensación de los pasajeros resulta injusta y limita sus derechos. En primer lugar, es importante destacar que los pasajeros enfrentan una serie de inconvenientes y molestias cuando se produce un retraso de vuelo, independientemente de si deciden no embarcar o si adquieren otros billetes para llegar a su destino.

Además, el argumento de que la finalidad del reglamento es compensar perjuicios prácticamente idénticos para todos los pasajeros afectados es cuestionable. Cada pasajero tiene circunstancias individuales y únicas que pueden justificar la necesidad de no embarcar o de adquirir otros billetes para llegar a tiempo a una cita profesional u otro compromiso importante.

Es importante recordar que los retrasos de vuelo afectan a la vida diaria de las personas y pueden tener consecuencias significativas en términos de pérdida de oportunidades laborales, personales o familiares. Por lo tanto, es fundamental que los pasajeros tengan derecho a una compensación justa y adecuada por los perjuicios ocasionados.

En conclusión, el fallo del TJUE en relación a los derechos de compensación por retraso de vuelo es criticable debido a su interpretación restrictiva y limitada de los derechos de los pasajeros. Es necesario que se revisen y se amplíen los derechos de compensación para garantizar una protección adecuada a los pasajeros afectados por retrasos de vuelo.