La Fiscalía solicita una condena de 22 años de prisión para el jubilado responsable del envío de cartas explosivas a Moncloa y otras instituciones

Artículo de opinión: La necesidad de una justicia imparcial y objetiva

La noticia sobre el caso del jubilado burgalés Pompeyo González, acusado de enviar cartas explosivas a varias instituciones, plantea una serie de interrogantes sobre el sistema judicial y la forma en que se manejan los casos de terrorismo en España.

En primer lugar, es preocupante que la Fiscalía solicite una pena de 22 años de cárcel para el acusado, mientras que la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) pide una pena aún mayor, de 24 años. Esta diferencia de dos años puede parecer insignificante a simple vista, pero en realidad es un reflejo de la falta de consenso y criterios claros a la hora de establecer las penas en casos de terrorismo.

Además, resulta llamativo que se impute a González un delito de terrorismo con resultado de lesiones, cuando solo se ha registrado una víctima herida. Si bien es cierto que cualquier acto de violencia es condenable, es importante tener en cuenta el principio de proporcionalidad a la hora de establecer las penas. No podemos equiparar un acto aislado con una organización terrorista y castigarlo de la misma manera.

Otra cuestión que genera preocupación es el contexto en el que se enmarca este caso. El magistrado José Luis Calama, en su auto de procesamiento, hace referencia a la guerra de Ucrania como el motivo por el cual González realizó estos actos. Si bien es comprensible que el juez quiera analizar el contexto en el que se produjo el delito, no podemos permitir que esto se convierta en una forma de criminalizar opiniones políticas o manifestaciones de desacuerdo con la postura oficial del Gobierno.

Es importante recordar que toda persona tiene derecho a expresar sus ideas y opiniones, incluso si estas van en contra de las políticas del Estado. La libertad de expresión es un derecho fundamental que no debe ser restringido por el simple hecho de no estar de acuerdo con el Gobierno de turno.

Por último, es necesario cuestionar la forma en que se obtuvieron los indicios contra González. El hecho de que se haya basado en la presencia de aplicaciones de medios rusos en su dispositivo móvil y en la trazabilidad de los sobres es preocupante. Estos indicios no son suficientes para establecer una relación directa entre el acusado y los delitos cometidos. Es necesario contar con pruebas sólidas y contundentes antes de acusar a alguien de un delito tan grave como el terrorismo.

En conclusión, el caso de Pompeyo González plantea serias dudas sobre la imparcialidad y objetividad del sistema judicial español en casos de terrorismo. Es necesario establecer criterios claros y consensuados a la hora de establecer las penas, respetar la libertad de expresión y garantizar que las pruebas sean contundentes antes de acusar a alguien de un delito tan grave. Solo así podremos asegurar una justicia justa y equitativa para todos.

Redacción

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