El presente artículo tiene como objetivo realizar una crítica a la reciente sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que se rechaza declarar fijos a tres trabajadores públicos vinculados a diferentes administraciones de la Comunidad de Madrid.
La sentencia se produce después de que el tribunal madrileño elevara una cuestión de prejudicialidad al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solicitando aclaración sobre si debía sancionar los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales, incluidos los contratos indefinidos no fijos prorrogados sucesivamente.
El tribunal europeo ha señalado que la conversión de los contratos temporales en contratos fijos puede ser una medida, pero no se impone en ningún caso como medida obligatoria. El TSJM argumenta que la situación de fijeza debe respetar los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en la Constitución española, ya que de lo contrario se estaría beneficiando a aquellos que obtienen la fijeza por esta vía en comparación con aquellos que acceden a través de los procesos de selección correspondientes.
En primer lugar, es importante destacar que la utilización abusiva de contratos temporales es un tema de gran relevancia en el ámbito laboral. La jurisprudencia europea ha establecido claramente que los contratos temporales deben utilizarse de manera excepcional y para cubrir necesidades temporales y concretas de la empresa. Sin embargo, en muchos casos, se ha abusado de esta figura contractual, utilizando contratos temporales de manera sucesiva y prolongada, lo cual vulnera los derechos laborales de los trabajadores y va en contra del principio de estabilidad en el empleo.
En este sentido, resulta preocupante que el TSJM rechace declarar fijos a estos trabajadores, a pesar de que han encadenado contratos temporales durante un periodo de tiempo considerable, en algunos casos superando los límites de encadenamiento contractual establecidos en la legislación laboral. Esto demuestra una falta de sensibilidad hacia la situación de precariedad laboral en la que se encuentran estos trabajadores y la necesidad de establecer medidas efectivas para combatir la utilización abusiva de contratos temporales.
Es importante destacar que varios magistrados han formulado votos particulares a favor de la declaración de fijeza de los demandantes, argumentando que se trata de contratos de duración anormalmente larga y que se debería aplicar la normativa europea con efectos inmediatos. Estos votos particulares reflejan una mayor conciencia sobre la importancia de proteger los derechos laborales de los trabajadores y de sancionar los abusos en la utilización de contratos temporales.
Además, la sentencia hace referencia a la llamada de atención realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la que se insta a adoptar las medidas legislativas adecuadas para sancionar los abusos en la utilización de contratos temporales. Esto evidencia la necesidad de que las autoridades competentes tomen medidas concretas para regular esta problemática y garantizar la estabilidad en el empleo.
En conclusión, la reciente sentencia del TSJM en la que se rechaza declarar fijos a tres trabajadores públicos evidencia una falta de sensibilidad hacia la precariedad laboral y la utilización abusiva de contratos temporales. Resulta fundamental que se adopten medidas efectivas para proteger los derechos laborales de los trabajadores y sancionar los abusos en la utilización de contratos temporales, garantizando así la estabilidad en el empleo y el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

