El presente artículo tiene como objetivo realizar una crítica a la noticia en la que se lamentan las afirmaciones del Defensor del Pueblo que atribuyen erróneamente a la abogacía las dilaciones en los procedimientos judiciales.

En primer lugar, es importante destacar que las afirmaciones del Defensor del Pueblo son injustas y carecen de fundamento. El Colegio de la Abogacía de Madrid ha presentado su memoria anual de sus departamentos de Deontología y de Turno de Oficio, en la cual se demuestra la alta valoración de la ciudadanía sobre los servicios que prestan los abogados, así como el escaso número de quejas recibidas y la excepcionalidad de los casos de malas prácticas.

Según los datos presentados, de las 155.802 designaciones de abogado del turno de Oficio que hubo en el año 2023, solo se recibieron 1.167 quejas por parte de la ciudadanía, lo que representa un porcentaje mínimo del total de designaciones. Además, durante el mismo año se impusieron 494 sanciones a distintos colegiados, lo que demuestra la actuación ejemplar y responsable de la abogacía madrileña.

Es importante tener en cuenta que el Colegio de la Abogacía de Madrid está comprometido con velar por el interés de los consumidores y usuarios, tal como establece la Ley de Colegios Profesionales y el Estatuto General de la Abogacía Española. No existe ningún indicio de corporativismo en su actuación, ya que todas las reclamaciones recibidas son atendidas de manera adecuada y se dicta la resolución correspondiente.

En cuanto a las dilaciones judiciales, es necesario resaltar que este es un problema grave que afecta tanto a los profesionales de la abogacía como a los clientes. Sin embargo, no se puede responsabilizar a la abogacía de esta situación, ya que son las propias deficiencias y carencias de los órganos judiciales las que provocan estas demoras.

Un ejemplo ilustrativo de este problema son los Juzgados de cláusulas abusivas en Madrid, que acumulan miles de procedimientos pendientes y se demoran hasta cuatro años en la mera incoación del procedimiento. Además, tanto la Covid-19 como las huelgas de funcionarios y LAJs en la Administración de Justicia han suspendido miles de procedimientos, mientras que los abogados han seguido trabajando y atendiendo las notificaciones recibidas.

El I Estudio sobre la situación de la Abogacía presentado por el ICAM en diciembre de 2023 señala que las dilaciones por parte de los órganos judiciales son la primera vulneración del derecho de defensa que mencionan los colegiados madrileños. Es evidente que esta situación es insostenible y se requiere una actuación firme por parte del Defensor del Pueblo.

En conclusión, es injusto y erróneo atribuir a la abogacía las dilaciones en los procedimientos judiciales. Los datos presentados demuestran la alta valoración de los servicios prestados por los abogados madrileños, así como la excepcionalidad de los casos de malas prácticas. Es necesario que el Defensor del Pueblo disponga de los datos correctos y actúe con firmeza respecto a las dilaciones en los procedimientos judiciales, ya que esta situación es insostenible y perjudica tanto a los profesionales de la abogacía como a los ciudadanos.