El despido colectivo y con qué razones se puede llevar a cabo

despido-colectivo

El despido colectivo se lleva a cabo cuando una empresa se encuentra en la necesidad de finalizar los contratos laborales de los trabajadores, con una razón objetiva y fundada en la ley. Este último año es un buen ejemplo de por qué todos deberíamos estar bien informados, tanto empresas como trabajadores, de lo qué es realmente un despido colectivo y con qué razones se puede llevar a cabo.

Para concretar bien qué es un despido colectivo, debemos decir que según el artículo 51.1 del Estatuto de los Trabajadores “se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un período de noventa días, la extinción afecte a:

a) Diez trabajadores, en empresas que ocupen menos de cien trabajadores.

b) El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.

c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.”

Como bien se explica en el artículo 51.1, las causas de un despido colectivo deben ser objetivas, por lo que entre estas causas encontramos las siguientes:

-Causas económicas: dependen de los resultados de la empresa. Es decir, si los resultados reflejan una situación económica negativa para la empresa, como pérdidas o un descenso en los niveles de ganancias. Es considerada como disminución persistente aquella que se mantiene durante tres trimestres consecutivos.

-Causas organizativas: por ejemplo, cuando se alteran los métodos de trabajo del personal o existen cambios en la forma de organizar la producción. 

-Causas técnicas: en este caso depende de los cambios que pueden producirse en los instrumentos de producción. Por ejemplo, cuando una empresa pasa por un proceso de transformación digital.

-Causas productivas: estas causas se deben a los cambios que pueden existir en el ámbito de la demanda de productos y servicios. 

Estas son las causas objetivas y fundadas por las que podría producirse un despido colectivo. Eso sí, si las causas no fueran reales o se incumpliera el procedimiento determinado, puede considerarse como un despido improcedente. Debes tener muy claro esto e informarte con abogados expertos en derecho laboral, para que puedan ayudarte si se da la situación de que puedas impugnar.

Ya que el incumplimiento del procedimiento es tan importante, veamos cuál es el procedimiento que debe cumplir una empresa para poder efectuar un despido colectivo:

El procedimiento de despido colectivo debe iniciarlo el empresario y comenzar con un período de consultas mediante escrito dirigido a los representantes legales de los trabajadores. Entre los documentos que se entregan en este paso debe estar explicado por escrito las causas del despido colectivo, entre otras cosas. El periodo de consultas debe tener duración no superior a los treinta días naturales. 

Después pasamos al siguiente paso : la comunicación simultánea a la autoridad laboral competente. Deben tener una copia del escrito dirigido a los representantes de los trabajadores. Una vez acabado el  período de consultas, se debe comunicar también a la autoridad laboral el resultado de las mismas. La autoridad laboral debe velar por un correcto periodo de consultas, y puede actuar como mediador.  

Entonces pueden darse dos posibles escenarios : puede haber un acuerdo (deben estar conformes la mayoría de los representantes legales, siempre que representen a la mayoría de los trabajadores) o un convenio (hay un acuerdo pero se establecen prioridades de permanencia para los representantes legales y algunos colectivos, como son las personas con discapacidad, por ejemplo. 

Si no se da una situación de impugnación ante la jurisdicción social, pasaríamos a la finalización del procedimiento. El empresario debe comunicar a la autoridad laboral competente y a los representantes de los trabajadores la decisión final y las condiciones de esta. Debe comunicarles esto en un plazo de 15 días desde la última reunión celebrada del periodo de consultas, sino significaría una caducidad en el procedimiento. 

Por último, hablaremos un poco sobre las obligaciones que tienen las empresas en un despido colectivo:

-Primero de todo y como hemos explicado antes, según el art. 64.1 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa debe proporcionar información pertinente a los representantes de los trabajadores. 

-Obligaciones sociales : la empresa debe tener en cuenta a los trabajadores que se encuentran en el último ciclo de su vida laboral (plan de recolocación, prestaciones por desempleo…)

-La empresa debe negociar con los representantes legales de los trabajadores sobre la indemnización por despido que nunca puede ser inferior a 20 días por año trabajado, y también deberá negociar la elección de los trabajadores afectados.

Puedes conseguir más información y consultar con abogados expertos en despidos de trabajadores aquí.

Redacción

Redacción

Nuestro equipo de redacción está compuesto por profesionales expertos en la materia.

Comentemos amistosamente

Apúntate a nuestra Newsletter

Te prometemos que sólo te contactaremos para temas relacionados con nuestro blog.