El sistema que determina los derechos económicos del matrimonio, como su nombre indica, se refiere a las reglas referentes a todos los bienes que se aplican durante la vigencia de la unión matrimonial. Sin embargo, en la pareja de hecho, al no tratarse de una unión matrimonial propiamente dicha, no se aplica en automático un régimen económico. De hecho, en la mayoría de los casos no existe una relación de copropiedad con los bienes existentes. 

En base a lo anterior, quienes decidan tomar medidas para formalizar legalmente una relación de pareja de hecho deben saber que no existe un sistema económico donde cada miembro sea propietario de los activos de la otra persona. Además, tampoco existe una obligación conjunta con respecto a las deudas adquiridas, por lo que cada parte deberá responder por ellas en base a su patrimonio personal. Sin embargo, si la pareja de hecho lo desea, puede recurrir a una figura legal para establecer algún tipo de régimen económico aplicable a su unión.

Cómo determinar los derechos de una pareja de hecho.

Como ya se ha mencionado anteriormente, una vez formalizada legalmente la unión de una pareja de hecho, esta no se ve afectada automáticamente por ningún sistema económico que la rija. Por lo tanto, cada miembro de esta unión es dueño de sus propios bienes y responsable de sus propias deudas. Esto significa que no se genera ningún tipo de obligaciones con respecto al otro miembro de la pareja. La razón principal de que suceda esto es porque no se crea la sociedad de gananciales característica de las uniones matrimoniales. De hecho, no existe un contrato matrimonial de por medio, a pasar que se haya legalizado su unión. Y es que la pareja de hecho no es lo mismo que la unión matrimonial, por lo que no genera los mismos derechos o responsabilidades.

No obstante, cualquier pareja de hecho puede pactar las condiciones económicas de su relación ante un notario para determinar sus derechos y obligaciones económicas. Para hacer esto, ambos deben acudir a una notaría pública y proceder a la redacción y firma de un contrato que describa los arreglos financieros que serán aplicables. En caso que se tome esta medida y la pareja de hecho se disuelva en el futuro, se podrá determinar con mayor facilidad la titularidad de los respectivos bienes de cada uno. Además, esto también evita que se personalice la titularidad de las deudas adquiridas en conjunto. 

Ahora bien, a falta de tal acuerdo entre los miembros de la pareja de hecho, en caso de disolución de la unión, cada uno estará obligado a demostrar que tiene ciertos derechos sobre cada uno de los bienes. Sin embargo, el problema surge cuando un determinado artículo o cantidad económica está a nombre de uno de los implicados y la otra persona cree que el bien en cuestión es también de su propiedad. En este último caso, si la pareja no se ponen de acuerdo sobre la división de los bienes, cualquiera que crea que tiene derechos de propiedad puede comparecer ante el tribunal. El propósito es demostrar los derechos de propiedad para que sea el juez quien decida si la alegación es válida o no. Como resultado, el titular puede convertirse en copropietario o en propietario único de los activos en disputa. Sin embargo, también cabe la posibilidad que pierda la titularidad, convirtiéndo al dispuestante en el único dueño.

Por último, es importante mencionar que sin importar el régimen que defina los derechos económicos de una pareja de hecho, siempre es complicado designar al propietario legítimo. Esto es así porque lo más probable es que ambos hayan contribuido en su adquisición.