La reciente sentencia del Tribunal Constitucional en el caso de Arnaldo Otegi ha generado controversia entre los magistrados progresistas. Si bien coinciden en que el líder de EH Bildu debía ser amparado, discrepan en cuanto al efecto de cosa juzgada que se declaró en la sentencia anulada por el Tribunal Supremo.

Cuatro de los siete magistrados del sector progresista han emitido un voto particular en el que sostienen que la sentencia del Tribunal Constitucional no debió declarar que la sentencia anulada tuviera efectos de cosa juzgada. Esta declaración se hizo para evitar una absolución ‘de facto’. Sin embargo, los magistrados argumentan que esta afirmación no está fundamentada y no guarda coherencia con el objeto del recurso de amparo.

En su voto particular, los magistrados señalan que la pretensión de los recurrentes consistía en la declaración de nulidad de la sentencia del Supremo solo en un aspecto concreto, relacionado con la retroacción de actuaciones para la celebración de un nuevo juicio oral. Consideran que la declaración de nulidad debería haberse limitado a esta petición y no haber extendido los efectos del amparo más allá de eso.

Además, los magistrados argumentan que la justificación de evitar un supuesto efecto ‘materialmente absolutorio’ no resulta convincente, ya que no existe una absolución, sino una consecuencia de las garantías constitucionales que limitan el ejercicio de la potestad punitiva. Argumentan que la anulación de la orden de retroacción y la sentencia condenatoria implican simplemente que el Estado ya no tiene la oportunidad de proceder a un segundo enjuiciamiento de los demandantes debido a la prohibición del ‘non bis in idem’.

En resumen, los magistrados progresistas están de acuerdo con el fallo de la sentencia en cuanto a la estimación del recurso de amparo y la declaración de nulidad del acuerdo de retroacción de actuaciones. Sin embargo, no consideran razonada la afirmación de la sentencia que extiende los efectos del amparo más allá de su objeto y aducen que esta afirmación no está suficientemente fundamentada.