CCOO y UGT denuncian la ilegalidad de la doble escala retributiva de Iberdrola a las nuevas contrataciones, según la AN

La reciente condena a Iberdrola por discriminación salarial es un claro ejemplo de las prácticas injustas que aún persisten en el ámbito laboral. La Audiencia Nacional ha declarado ilegal la doble escala retributiva que aplica la empresa a las nuevas contrataciones, lo cual es un paso en la dirección correcta hacia la igualdad salarial.

La medida de Iberdrola de aplicar una escala salarial reducida del 10% a aquellos empleados que ingresaron a partir del 1 de enero de 2021 es discriminatoria y va en contra de los principios básicos de equidad y justicia laboral. Esta medida afecta a cerca de 1.400 personas, lo que representa el 15,5% de la plantilla total de la empresa.

Es inaceptable que una empresa del tamaño y prestigio de Iberdrola utilice la fecha de ingreso como criterio para establecer diferentes escalas salariales. Esto no solo perpetúa la desigualdad salarial, sino que también crea un ambiente laboral divisivo y genera resentimiento entre los empleados.

La firma del VIII Convenio Colectivo de Iberdrola por parte de algunas organizaciones sindicales fue el punto de partida para la implementación de esta doble escala salarial. Sin embargo, es importante destacar que la representatividad de estas organizaciones no es representativa del conjunto de los trabajadores, lo que pone en entredicho la legitimidad de dicho convenio.

La Audiencia Nacional ha realizado un análisis exhaustivo de la situación y ha determinado que la doble escala salarial de Iberdrola no está justificada y perpetúa la discriminación. Esta sentencia es un paso importante hacia la erradicación de prácticas discriminatorias en el ámbito laboral.

Los sindicatos han mostrado su satisfacción por esta sentencia y han anunciado que la consideran ejecutable sin perjuicio de su recurso ante el Tribunal Supremo. Esto demuestra su determinación para luchar por la igualdad y la justicia laboral en este caso.

Es fundamental que las empresas entiendan que la igualdad salarial es un derecho básico de todos los trabajadores y que no se puede discriminar a las personas en función de su fecha de ingreso. La discriminación salarial va en contra de los principios fundamentales de justicia y equidad y no debe ser tolerada en ninguna circunstancia.

Esperemos que esta sentencia sirva como un claro mensaje a otras empresas para que revisen sus políticas salariales y se aseguren de que no existan prácticas discriminatorias en su organización. La igualdad salarial es un objetivo fundamental para lograr una sociedad más justa y equitativa, y es responsabilidad de las empresas garantizar que se cumpla.

Redacción

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