La AN respalda la investigación del juez sobre si ‘Tsunami’ planeó una acción durante la visita del rey a Barcelona en 2020

CRÍTICA A LA DECISIÓN DE LA AUDIENCIA NACIONAL EN EL CASO ‘TSUNAMI DEMOCRÀTIC’

La reciente decisión de la Audiencia Nacional de avalar al juez instructor de la causa de ‘Tsunami Democràtic’ para investigar si esta plataforma tenía como objetivo actuar al paso de la comitiva del rey Felipe VI en una visita a Barcelona en julio de 2020 ha generado un amplio debate en el ámbito jurídico.

En primer lugar, es importante destacar que esta decisión va en contra del principio de seguridad jurídica. La investigación prospectiva, es decir, aquella que se realiza sin indicios claros de la comisión de un delito, es contraria a los principios básicos del derecho penal. La función del juez no puede ser la de salir a investigar sin tener una base sólida que justifique dicha investigación, ya que esto podría dar lugar a la vulneración de derechos fundamentales de los investigados.

Además, la Audiencia Nacional justifica esta decisión argumentando que el juez cuenta ya con suficientes antecedentes de acciones de posible cariz delictivo. Sin embargo, esto no justifica la apertura de una investigación prospectiva. La existencia de antecedentes delictivos no autoriza al juez a investigar cualquier acción que considere sospechosa, sino que debe existir una relación directa y clara entre los hechos investigados y los delitos imputables a los investigados.

En este sentido, la Sala también se pronuncia sobre la muerte de un ciudadano francés en el aeropuerto de El Prat y los cortes en la autopista AP-7, afirmando que las diligencias acordadas son procedentes. Sin embargo, es importante recordar que estos casos ya han sido archivados por los juzgados territoriales correspondientes. La Audiencia Nacional no menciona el precepto legal infringido por el juez instructor al querer esclarecer aquellos hechos que ya han sido objeto de investigación y resolución judicial. Esto demuestra una clara falta de respeto hacia la jurisdicción territorial y un desconocimiento de los límites de su competencia.

La decisión de la Audiencia Nacional en este caso pone de manifiesto la falta de garantías procesales y el abuso de la figura del juez instructor. Es necesario recordar que el juez instructor debe ser imparcial y garantizar los derechos de los investigados, y no convertirse en un investigador sin limitaciones ni fundamentos.

En conclusión, la decisión de la Audiencia Nacional de avalar al juez instructor de la causa de ‘Tsunami Democràtic’ para investigar sin indicios claros de la comisión de un delito es contraria a los principios básicos del derecho penal. Es necesario garantizar la seguridad jurídica y los derechos fundamentales de los investigados, evitando la apertura de investigaciones prospectivas que pongan en riesgo dichos derechos.

Redacción

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