El caso presentado ante el Tribunal General de la Unión Europea sobre el registro de marca de un modelo de zapatillas de Puma, popularizado por la cantante Rihanna, ha generado una decisión que merece ser analizada y criticada. El tribunal ha confirmado que el diseño de estas zapatillas no puede ser registrado como marca protegida en la Unión Europea debido a que ya había sido mostrado en una foto de la cantante antes de la solicitud de registro.
El problema radica en que Puma intentó registrar este modelo de zapatillas en agosto de 2016, pero la foto en la que Rihanna las lucía ya había sido publicada en redes sociales en 2014. Según las reglas europeas, existe un periodo de «gracia» de doce meses para solicitar el registro de una marca después de haberla mostrado públicamente. En este caso, Puma superó ese plazo y, por lo tanto, no puede registrar la marca.
La Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) negó el registro en 2022, argumentando que el diseño ya se había hecho público con anterioridad y había tenido un impacto mediático tal que anulaba su carácter novedoso para un registro posterior. Esta decisión fue recurrida por Puma, pero el Tribunal General de la UE ha confirmado la decisión de la EUIPO.
La argumentación de Puma se basaba en que el modelo de zapatillas no había despertado interés en el sector del calzado cuando Rihanna posó con ellas en 2014. Sin embargo, el tribunal ha recordado que en aquel momento la cantante ya era una estrella del pop mundialmente conocida, lo que implica que tanto sus fans como los expertos en moda ya tenían un interés particular por los zapatos que ella lucía.
Esta decisión del tribunal es cuestionable desde varios puntos de vista. En primer lugar, parece injusto que una marca no pueda registrar un diseño que ha sido popularizado por una celebridad debido a que esa celebridad ya lo mostró antes de la solicitud de registro. Esta limitación puede ser perjudicial para las marcas que buscan aprovechar la fama y el impacto mediático de las celebridades para promocionar sus productos.
Además, la decisión del tribunal parece ignorar el hecho de que el interés por un diseño de moda puede ser efímero y estar sujeto a cambios rápidos en las tendencias. Es posible que, aunque las zapatillas de Rihanna hayan generado interés en 2014, ese interés ya haya disminuido en 2016, cuando Puma intentó registrar la marca. En este sentido, la decisión del tribunal parece basarse más en una percepción subjetiva de la relevancia de la celebridad que en una evaluación objetiva de la novedad del diseño.
En conclusión, la decisión del Tribunal General de la Unión Europea de negar el registro de marca a Puma por un diseño popularizado por Rihanna antes de la solicitud de registro es cuestionable y merece ser criticada. Esta limitación puede ser perjudicial para las marcas que buscan aprovechar la fama de las celebridades para promocionar sus productos y parece basarse en una evaluación subjetiva de la relevancia de la celebridad en lugar de una evaluación objetiva de la novedad del diseño.

