Una interina de Educación en Sevilla obtiene la condición de empleada fija tras el fallo de un juzgado

La sentencia emitida por el Juzgado de lo Social número 14 de Sevilla, en la que se declara fija a una empleada de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, pone de manifiesto una vez más el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas.

En primer lugar, es importante destacar que esta sentencia es la primera de este tipo que trasciende en la comunidad autónoma de Andalucía después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 22 de febrero sobre el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas.

La trabajadora en cuestión había ocupado un puesto de ordenanza en un instituto de Sevilla durante 14 años, con un contrato de interinidad por vacante. A pesar de haber superado ampliamente el límite de tres años establecido por el Estatuto Básico del Empleado Público y la doctrina del Tribunal Supremo, la empleada fue cesada debido a la cobertura definitiva de la plaza.

El magistrado encargado del caso considera que la relación laboral de la trabajadora ya había devenido fija con anterioridad, ya que la Junta no había demostrado ni alegado ningún motivo por el cual no se hubiera cubierto la plaza de manera definitiva antes de la convocatoria realizada en 2023. Por lo tanto, el juez declara el despido como improcedente y condena a la Consejería a readmitir a la demandante en su puesto de trabajo o a abonarle una indemnización.

Esta sentencia pone de manifiesto la utilización fraudulenta y abusiva de la temporalidad en las administraciones públicas. A pesar de los esfuerzos realizados por la jurisprudencia nacional para dar respuesta a estas situaciones, el legislador no ha establecido medidas adecuadas que cumplan con lo exigido por la Directiva europea sobre trabajo de duración determinada.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha señalado que la fijeza no es la única solución posible, pero en ausencia de otra medida idónea, los tribunales nacionales deben aplicarla con preferencia a las disposiciones internas. Es lamentable que el legislador no haya sido capaz de arbitrar una situación acorde con la normativa europea y los principios constitucionales.

En conclusión, esta sentencia evidencia una vez más el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas y la falta de medidas adecuadas por parte del legislador. Es necesario tomar acciones para garantizar un empleo público basado en la igualdad, el mérito y la capacidad, y cumplir con las normativas europeas en materia laboral.

Redacción

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