Alfonso Hernández Quereda, Vicesecretario del Consejo general de Graduados Sociales de España El articulo 187, establece que” Los Recursos de queja de que conozcan las Salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia o la sala de lo Social del tribunal supremo, según los casos, se tramitaran siempre de conformidad con lo dispuesto en la Ley de enjuiciamiento Civil para recurrir en queja.”